Caracas, 05 Ago. ABN.- Este martes el Consejo
Nacional Electoral (CNE) inició el proceso de postulaciones para las
elecciones de gobernadores, alcaldes y miembros de los consejos
legislativos regionales que se celebrarán el próximo 23 de noviembre.
Las organizaciones con fines políticos nacionales o regionales, así
como los que se postularán por iniciativa propia para cargos nominales,
deberán ingresar al sistema automatizado de postulaciones a través del
portal del CNE: www.cne.gob.ve y llenar la planilla correspondiente,
informó un boletín del Poder Electoral.
Esta forma deberá imprimirse por triplicado para ser consignada
ante la junta regional, municipal o metropolitana, debidamente
acompañada por los recaudos establecidos en el artículo 15 de las
normas de postulaciones aprobadas por el CNE.
Entre los recaudos solicitados se cuenta el programa de gestión de
la candidata o candidato, la declaración jurada de residencia en la
circunscripción por la cual se postula y la constancia de la selección
en elecciones internas dentro de la organización postulante.
Las candidaturas a gobernadora o gobernador, así como a legisladora
o legislador de los consejos legislativos regionales, deberán
presentarse ante la junta electoral regional de cada entidad federal.
Por su parte, quienes deseen postularse para alcaldesa o alcalde
del Distrito Metropolitano y concejala o concejal al Cabildo
Metropolitano de Caracas deben acudir ante la Junta Metropolitana
Electoral, ubicada en la avenida Lecuna, esquina de Cipreses, edificio
Corporación Felman, nivel mezzanina.
Asimismo, las postulaciones a alcaldesa o alcalde del Distrito del
Alto Apure y concejala o concejal al Cabildo Distrital del Alto Apure
deberán presentarse ante la Oficina Metropolitana Electoral de esa
entidad, ubicada en la calle Bolívar, frente a la plaza Bolívar, en
Guasdualito.
Quienes se postulen al cargo de alcalde o alcaldesa, en cualquiera
de los municipios del país, deberán presentar su candidatura ante la
junta municipal electoral respectiva.
Las candidaturas a los cuerpos colegiados deberán cumplir con lo
establecido en el artículo 16 de la normativa, que establece la
composición paritaria y alterna de género de 50% para cada sexo.
En aquellos casos en los que no sea posible aplicar la paridad,
dicha postulación deberá tener como mínimo 40% y como máximo 60% por
cada sexo.
Las postulaciones que no cumplan con los requisitos establecidos en
los artículos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 16 de las normas, así como quienes
se encuentren inmersos en alguno de los supuestos establecidos en el
artículo 9, se tendrán como no presentadas.
La admisión, rechazo o declaratoria de postulación no presentada se
publicará en las carteleras de la junta electoral correspondiente a
cada región y en la misma página web: www.cne.gob.ve.