Modalidades publicadas en Gaceta Oficial Nº 38.944

INTTT oficializó características de las nuevas placas de vehículos

05 de junio 2008. - En el documento se establece que el Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura (Minfra), a través del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Inttt), autoriza la implementación de las placas de acuerdo al uso al cual se destinan las unidades.

Se conoció que, a partir de este miércoles, las placas se clasifican en ordinarias y especiales.

El artículo tres del decreto establece que las placas ordinarias contarán con una serie de dispositivos de seguridad que las harán virtualmente imposible de falsificar, simular, copiar o duplicar, sin ser detectadas, permitiendo la verificación y validación de forma visual, sin la utilización de equipos especiales y evitando análisis destructivos o forenses, reseñó la Agencia Bolivariana de Noticias.

Asimismo, las placas ordinarias serán asignadas, con características diferentes, a los vehículos de tracción de sangre, motocicletas, automóviles, minibuses, camionetas de pasajeros y casas rodantes, servicios de carga, para el servicio de grúa, para minusválidos, transporte escolar, servicio de transporte privado, transporte turístico, público, vehículos que ingresen al estado Nueva Esparta, entre otros.

Entre tanto, el artículo 20 de la Gaceta Oficial explica que las placas especiales tendrán inscrito en la parte superior las palabras "República Bolivariana de Venezuela", además de algunas características de acuerdo a la tipología del auto y del organismo.

Las placas especiales de vehículos para el Poder Ejecutivo, únicamente serán asignadas al Presidente de la República, Vicepresidente Ejecutivo, Ministros y el Procurador General.

Las especiales del Poder Legislativo serán asignadas al auto del Presidente y Vicepresidente de la Asamblea Nacional.

Las del Poder Judicial, al Presidente del Tribunal Supremo de Justicia y Magistrados.

Las del Poder Ciudadano serán entregadas al Defensor del Pueblo, Fiscal General de la República y al Contralor.

Igualmente se les asignarán placas especiales a los principales miembros del Poder Electoral, el Cuerpo Diplomático, Poder Público Estadal, Poder Público Nacional, Cuerpos Policiales, de rescate, entre otros.

La resolución establece un plazo de 10 años para la matriculación de todos los vehículos que porten placas ordinarias o especiales.


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La fuente original de este documento es:
Radio Nacional de Venezuela (http://www.rnv.gov.ve)



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