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El cuerpo parlamentario aprobó en primera discusión de Cámara el proyecto de Ley para la Atención Integral de las Personas con Discapacidad del Estado Aragua, en el cual se trazan las líneas de acción para el ejercicio pleno de la autodeterminación de vida independiente de las personas objeto de esta normativa en su medio familiar, social, cultural, educativo, comunitario y político.
La propuesta fue presentada por la Comisión de Participación Ciudadana, Cultura y Deporte que preside el diputado Juan Manuel Vadell, tras investigar los antecedentes previos a esta Ley novedosa que viene a llenar un vacío jurídico de carácter operativo para el ejercicio de los derechos fundamentales en igualdad de condiciones.
En la exposición de motivos se expresa que esta Ley es pertinente a propósito del Año Internacional de las Personas con Discapacidad y a la luz de la Primera Convención Internacional sobre Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad en el seno de la ONU.
Sobre esta línea de trabajo, el proyecto de Ley se estructura en cuatro títulos, divididos a su vez en cuatro capítulos. Su objeto (Art. 1) es establecer medidas para garantizar y hacer efectivo el derecho a la igualdad de oportunidades y no discriminación ni subordinación alguna conforme a lo establecido en la Constitución Bolivariana.
A efectos de esta Ley tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas que evidencien una disminución de diverso valor estadístico, o ausencia prolongada o permanente de alguna de sus capacidades físicas, mentales o sensoriales, que limite o dificulte, obstaculice el desempeño de una o más de las actividades inherentes a la persona humana.
El artículo 2 declara varios principios como el interés público, social y colectivo, la inclusión e integración y desarrollo en el territorio del estado Aragua, de su población con discapacidad, en igualdad de condiciones, calidad, derechos y deberes que el resto de los ciudadanos.
Vida independiente que es el poder de decisión de la persona con discapacidad sobre su propia existencia; integración familiar y comunitaria es la posibilidad de llevar una vida normal, elegida y dirigida con causa a su anatomía de aptitud y actitud. Accesibilidad universal es la condición que deben cumplir los entornos y diseño para todos, es la actividad a través de la cual se conciben los procesos, bienes, servicios y objetos para este sector.
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