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Credito: Vtv |
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Caracas, 29 de noviembre de 2007/ En horas de la mañana de este jueves el Tribunal Supremo de Justicia, a través de la Corte Segunda en lo Contencioso Administrativo y mediante un amparo constitucional decidió suspender el plan "Pico y Placa" en el municipio Baruta.
Según el dictamen del organismo, la medida elimina el cobro de las multas a los ciudadanos que incumplieron el operativo durante su vigencia.
De acuerdo con la decisión, el mencionado decreto municipal “viola el principio de la coordinación de los municipios, ya que un solo municipio no puede dictar una medida en la que restringe el libre tránsito, sin estar coordinada con el resto de los municipios”.
La decisión establece que el mencionado decreto municipal es “inconstitucional porque restringe el derecho al libre tránsito” y de acuerdo con la decisión “es el ministerio de Infraestructura el organismo que tiene competencia para regular, en coordinación con los demás municipios el tránsito en la ciudad”.
El funcionamiento del plan y la restricción de circulación en el horario establecido estaban determinados por el último dígito numeral de la placa del vehículo. Los días lunes no circulaban en determinado horario los carros cuyo número eran 1 ó 2; martes correspondía a los 3 y 4; miércoles a los 5 y 6; jueves a los 7 y 8 y los viernes estaba restringida la circulación de los automóviles cuyas placas culminaban en 9 o 0.