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Aprobado artículo 230: periodo presidencial de siete años y reelección contínua
Por: Agencia Bolivariana de Noticias (ABN)
Fecha de publicación: 20/10/07
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Caracas, 19 Oct. ABN (Anaís Pérez) .-La aprobación de la modificación del artículo 230, el cual contempla que el período presidencial es de siete años y la relección contínua, fue aprobado durante la 3ra. Discusión del Proyecto de la Reforma Constitucional, en Sesión Ordinaria, este viernes en la noche.

La reforma a este artículo fue aprobada por mayoría calificada.

El debate sobre este artículo lo cerró el segundo vicepresidente de la AN, Roberto Hernández, quien dijo que ratifica el derecho que se le está dando al pueblo. "Soy un decidido partidario del artículo 230 de la Constitución", acotó.

Minutos antes, también fueron bien vistas las aprobaciones de los artículo 191 y 225.

El primero (191) fue aprobado con modificaciones de estilo propuestas por el diputado Calixto Ortega, y el segundo (225) sin modificaciones, cuyo contenido contempla que el Poder Ejecutivo se por el Presidente o Presidenta de la República, el Primer Vicepresidente o Primera Vicepresidenta, los Vicepresidentes o Vicepresidentas, los Ministros o Ministras y demás funcionarios o funcionarias que determinen esta Constitución y la ley.

El artículo 225 también refiere que el Presidente o Presidenta de la República podrá designar el Primer Vicepresidente o Primera Vicepresidenta y los Vicepresidentes o las Vicepresidentas que estime necesario.


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La fuente original de este documento es:
Agencia Bolivariana de Noticias (ABN) (http://www.abn.info.ve)
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