El caso de las jubilaciones de Magistrados le dan la razón.
La triste y cruda realidad del Poder Judicial, ha sido descrita por el escritor José Sant Roz desde hace mucho tiempo, en su artículo de aporrea publicado el 4 de enero de 2008:
http://www.aporrea.org/ddhh/a48572.html titulado: "Con toda la creolina del planeta no se podría desinfectar al TSJ”
Hoy el Diputado Carlos Escarrá, está alarmado con lo que pasó el miércoles 10 de marzo de 2010, con las jubilaciones de los Magistrados del TSJ:
http://www.asambleanacional.gob.ve/index.php?option=com_content&task=view&id=24319&Itemid=27
Diputado Carlos Escarrá en desacuerdo con jubilaciones aprobadas en el TSJ
Ernesto Vegas/ Prensa AN. El diputado Carlos Escarrá mostró, este jueves, su desacuerdo con el Reglamento aprobado por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), donde se señala que los magistrados podrán jubilarse y seguir en sus cargos en el máximo tribunal del país.
Dijo que solo tiene la información aparecida en internet y la publicada en los medios de comunicación. “Si esa información es cierta, evidentemente que es una irregularidad”, opinó.
Sostuvo que los magistrados no pueden jubilarse con diez años de servicio y menos jubilarse y continuar ejerciendo. “Eso es contrario a todo el sistema de seguridad social, y que si algo deben saber ellos es de derecho”.
“Vamos a esperar que la Comisión de Política Interior haga la investigación al respecto. De ante mano, mi opinión particular sin comprometer a nadie, es que eso no debe ser así”, argumentó.
Recordó que, cuando fue magistrado, le ofrecieron la jubilación a los cuarenta y un años de edad. “Mi repuesta fue que no estaban dadas las condiciones y los requisitos. Hay una frase que uno utiliza mucho en derecho que dice que “aquí hay que ser como la mujer del César: no vale ser honesto sino que hay que demostrar y aparentar ser honesto”.
“Pienso que sería un mal mensaje para el país. No creo que eso sea así, y por lo tanto vamos esperar primero el informe que elaborará la Comisión de Política Interior”, enfatizó.
El diputado Escarrá precisó que la Carta Magna, como muy pocas constituciones en el mundo, estable como un principio del Estado la ética y esa decisición la está vulnerando.
El ilustre escritor, Luis Britto García, publicó el 29/03/09 en aporrea lo siguiente:
http://www.aporrea.org/actualidad/a75185.html
“ELIMINACIÓN DE GASTOS SUNTUARIOS
Algunos funcionarios creen prestigiarse con despliegues de vehículos, asistentes y seguridad. En realidad se desprestigian. La rebaja de sueldos altísimos de altos funcionarios es ejemplarizante. Hay que evitar que sea groseramente burlada, como cuando jueces del Tribunal Supremo de Justicia se autoadjudicaron un bono equivalente a la rebaja y libre de Impuesto sobre la Renta,...”
Quien suscribe, de manera muy responsable con respecto al tema tributario de los Magistrados del TSJ, ha escrito esto por aporrea:
http://www.aporrea.org/actualidad/a71317.html
"Felicitaciones Presidente Chávez por no asistir al TSJ" Por: Carlos Ramos García (*) Fecha de publicación: 28/01/09:
“Los Magistrados Morales de Acosta y Cabrera Romero, el 27 de febrero de 2007, dictaron una sentencia (Nº 301) en la Sala Constitucional, justo a la medida de los Magistrados, para eludir el pago del impuesto sobre la renta, referida al artículo 31 de esa ley, donde solo ellos declaran su salario base, sin incluir los otros conceptos salariales que forman parte de su salario integral como son los bonos millonarios(BONO COMPENSATORIO), cuestión que causó ira en la Asamblea Nacional, cuando calificaron al TSJ de usurpar funciones inherentes al Poder Legislativo, la cual mediante un comunicado protestó semejante exabrupto jurídico-fiscal, y se escucharon en los medios de comunicación las voces cuestionadoras de los diputados Iris Varela y Carlos Escarrá, quien señaló a cuatro voces que esos Magistrados debían estar presos en la Cárcel de Uribana”.
Esto evidencia que los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, declaran el Impuesto Sobre la Renta parcialmente, por que ese BONO COMPENSATORIO,(que en términos materiales o prácticos equivale al mismo monto de su salario base) no forma parte de la declaración, es decir, no es grabado por la administración tributaria, porque esa sentencia hace que se beneficien los Magistrados en ese sentido.
El comunicado de la Asamblea Nacional de fecha 22 de marzo de 2007, en los medios de comunicación se hizo sentir en los siguientes términos:
ACUERDA
PRIMERO: Rechazar de la manera más categórica, por considerarlo inconstitucional, violatorio de derechos sociales y colectivos, y de la ética social, el numeral 2 del dispositivo de la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia NRO. 01-2862, de fecha 27 de febrero de 2007 y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 38.635 de fecha 01 de marzo de 2007, así como la motivación con que sustentó y, en consecuencia, sin ningún efecto jurídico.
TERCERO: conformar una comisión a los efectos de investigar y determinar las responsabilidades a que hubiere lugar;
Dado, firmado y sellado en el Palacio Federal Legislativo, sede de la Asamblea Nacional, en Caracas, a los veintidós días del mes de marzo de dos mil siete. Años 197º de la Independencia y 148º de la Federación.”
Es muy urgente, que se implemente en el Poder Judicial las 3 R, con los elementos que le estoy aportando, comience la REVISIÓN del mismo, ya que a 11 años de revolución, el poder judicial no ha entrado al siglo XXI, se mantiene intacta una superestructura proveniente de la IV República.
Por eso el pueblo venezolano añora CONSTITUYENTE JUDICIAL YA.
(*) Activista de los derechos Humanos de la Universidad Bolivariana de Venezuela(UBV) Núcleo Amazonas.
[email protected]