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8 respuestas simples a una crísis compleja
Por: Justo Camino
Fecha de publicación: 07/11/02
imprímelo mándaselo a
tus panas
1. ¿Puede convocarse a un referendo consultivo para revocar el mandato de un funcionario elegido por los votos?

R: No se puede, porque para esos casos estan los referendos revocatorios previstos en el articulo 72 de la Constitución.

2. Sin embargo, la oposicion alega de que no se trata de un referendo revocatorio, sino solamente "informativo" y que el funcionario en cuestion no estaria obligado a renunciar porque sus resultados no son vinculantes, es decir, obligantes.

R: No es asi, los referendos consultivos SI son vinculantes pues de lo contrario no tendria sentido su convocatoria. Por esa misma razon la ley electoral en su articulo 185 establece algunos procedimientos sobre los cuales NO se pueden hacer referendos consultivo, como por ejemplo los presupuestos y las revocatorias de mandatos populares.

3. Pero la oposicion alega que igualmente se uso el principio de supraconstitucionalidad (es decir, establecer un procedimiento no previsto en la Constitucion) para llamar al referendo consultivo de 1999 que hizo nacer la Constitucion Bolivariana.

R: Si, pero la diferencia en ese caso es que la Constitucion de 1961 NO CONTEMPLABA NINGUN MECANISMO PARA LLAMAR A UNA ASAMBLEA CONSTITUYENTE, por lo cual se tuvo que recurrir a ese principio de supraconstitucionalidad, cosa que no ocurre en este momento.

4. ¿Es decir que esta Constitucion si prevee mecanismos de revocatoria de un mandato popular?

R: Si, en su articulo 72 explica claramente el mecanismo por el cual puede revocarse el mandato de cualquier funcionario electo por los votos. En nuestro caso, el proceso de revocatoria del cargo de presidente puede ponerse en marcha a partir de agosto del 2003, cuando el Presidente cumple tres años de mandato.

5. Sin embargo, voceros de la oposicion sostienen que la "profunda crisis" del pais impide que se pueda esperar hasta agosto del año 2003.

R: El propio Presidente de la Republica ha dicho que estaria dispuesto a impulsar una reforma constitucional en la Asamblea Nacional que haga posible la realizacion de un referendo revocatorio tan rapido como sea posible, lo cual deberia reducir las presiones en ese sentido.

6. ¿Por qué la oposición insiste con el referendo consultivo?

R: Porque considera que es el único camino por el cual pudiera obtener una victoria electoral, pudiera pensar uno. Pero no, la verdadera razon es que ellos estan CONSCIENTES DE QUE ES UNA SALIDA INCONSTITUCIONAL y que si se actua de acuerdo a la ley seria negado por el CNE o por el TSJ. De esa forma, a juicio de los opositores, quedaria libre el camino para un golpe de estado que luego se legalizara bajo el pretexto de la "negativa del gobierno a convocar a elecciones".

7. Pero ya el TSJ ha dictado algunos fallos (caso militares 11A) realmente asombrosos, no pudiera ocurrir lo mismo en este caso ?

R: No es improbable y por esa razon todos los voceros de la oposicion que hablan sobre el sistema para realizar un posible referendo consultivo asumen el conteo manual como el unico viable.

8. ¿Cual es la causa de este retroceso, cuando todas las eleccciones en America Latina se hacen de forma automática?

R: Que ese sería el unico procedimiento por el cual podrian alegar robo de las elecciones por parte del gobierno cuando pierdan el referendo. En un pais con tal polarización un conteo manual de cualquier eleccion seria el camino mas seguro al desastre.

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Justo Camino


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