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A raíz de los sucesos ocurridos en nuestro país a mediados de Abril pasado, se suscita un debate que, aunque obedece única y estrictamente a un análisis jurídico, ha sido contaminado intencionalmente de una manera política.
Argumentos van y vienen, unos caen y otros subsisten, pero aunque la mayoría de la población Venezolana sabe que fue lo que aquí ocurrió, hay sectores interesados en crear una matriz de opinión encaminada a generar confusión acerca de los hechos. La oposición más radical afirma que no hubo golpe de Estado sino un "vacío de poder" (definición que carece de toda naturaleza jurídica), argumento sustentado en el pronunciamiento acelerado e irresponsable de Lucas Rincón, pero vale la pena analizar esto... ¿acaso la renuncia hecha verbalmente por terceras personas posee eficacia jurídica?, ahora bien, ya que las palabras del General Rincón constituyen el único alegato medianamente lógico invocado por aquellos que sostienen la tesis del "vacío" es importante preguntarse ¿acaso el General Lucas Rincón anunció la renuncia a su cargo de Diosdado Cabello (Vicepresidente Ejecutivo)?, ¿si la intención de los militares involucrados en estos hechos era la restitución de la consitucionalidad por qué no llamaron al Vicepresidente Ejecutivo a suplir la falta del Presidente Hugo Chávez, tal como lo establece nuestra Carta Magna en su artículo 234, en vez de designar al empresario Pedro Carmona Estanga?, por otro lado, entrando en el mundo de las suposiciones y asumiendo como cierta la renuncia de Hugo Chávez, ¿en qué cuerpo legal se tipifica la renuncia al cargo de Presidente de la República como delito, para así privarlo de su libertad?, ademas si fuere esta acción un delito ¿por qué se violaron las garantías relacionadas con el debido proceso establecidos en el artículo 49 de la Constitución Nacional?, En otro sentido pero siguiendo en un ámbito de supuestos, si el Vicepresidente Ejecutivo tambien hubiere renunciado y no está establecido la manera de actuar en tal caso, ¿acaso por las fuentes del Derecho (Jurisprudencia, Analogía, Doctrina) no se hubiere llenado tal laguna legal?, para ser más específico ¿la analogía con el artículo 233 de la Constitución Nacional y por consiguiente la designación del Presidente de la Asamblea Nacional como presidente provisional hasta nuevas elecciones no hubiera resultado una opción legítima y ajustada a Derecho?.
Por último, descartando toda la cacería de brujas, las persecuciones y retaliaciones políticas ocurridas en esos días, ¿la lectura del Acta de constitución del supuesto "Gobierno de Transición" no consituye el "broche de oro" de la consumación del Golpe de Estado en Venezuela?, ¿o es que la eliminación de todos los Poderes legítimamente constituídos tambien es consecuencia de un "vacío de poder"?
Jorge Arzolay
C.I : 15.903.645
Estudiante de Derecho
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