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El "honorable" magistrado Franklin Arriechi Gutiérrez
Por: Toribio garcia
Fecha de publicación: 22/08/03
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Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia, al cual llego, sin antes haber ocupado cargo alguno en el Poder Judicial, y cuyo único aval haber sido Abogado de Luis Miquilena y su socio Tobías Carrero, en las empresas Micabú, y Multinacional de Seguros.-.Según la Comisión Investigadora de la Asamblea Nacional que pretendió anular su nombramiento, este jurista, al no tener estudios de postgrado para optar al Tribunal Supremo, solo presento certificado de un seminario realizado como estudios de postgrado.-. Este Magistrado FRANKLIN ARRIECHI, según manifestó el doctor IVAN RINCÓN URDANETA, en expediente de reacusación numero 2002-00029-4 de fecha12 de junio 2002, “ARRIECHI se presento al despacho de la presidencia , aproximadamente a las dos de la tarde del día 12 de abril del 2002, y le propuso, en presencia de cinco Magistrados, : “que si ponía el cargo a la orden, las supuestas autoridades constituidas para esa fecha, respetarían la majestad e institucionalidad del Tribunal Supremo de Justicia, y en tal sentido, afirmo que estaba en conversaciones con estas personas”-. Manifiesto el recusante doctor RINCÓN URDANETA, que según su criterio, ARRIECHI, “No solo tenia conocimiento de los hechos acaecidos el 11, sino que también había expresado opinión sobre ellos, y además había tenido participación en los mismos (le habían ofrecido la Presidencia del Tribunal Supremo de Justicia) y por tanto, ARRIECHI no podía conocer de la reacusación que intentaban el General Efraín Vásquez Velazco y el Vicealmirante Héctor Ramírez Pérez, contra RINCÓN URDANETA.-Tal reacusación, fue declarada con lugar por el Magistrado ANTONIO J GARCIA, y entonces, el Magistrado RINCÓN URDANETA, fue apartado de conocer el antejuicio de meritos que cursaba contra los militares golpistas por rebelión.-. Ahora bien, los actos y acciones humanas, tienen sus explicaciones a veces racionales, y a veces no, pero tienen que ser analizadas en su contexto de hechos y circunstancias, anteriores y posteriores al acto analizado.-. Posteriormente, a FRANKLIN ARRIECHI, “casualmente” le fue asignada la ponencia del antejuicio de merito contra los militares, y el 14 de agosto del 2002, y los absolvió, dando justificaciones no jurídicas, tales como que “aparecieron preñados de buena voluntad”; pese a que ellos en videos, narraron y confesaron todo el proceso de conspiración y golpe creyendo ya un hecho consumado su acción anticonstitucional.-.Igualmente, el Magistrado ARRIECHI, en su sentencia criminal, eliminó el delito de rebelión y los artículos 476 y 479 del Código de Justicia Militar; artículos, bajo los cuales habían sido juzgados los sublevados de Carúpano, Puerto Cabello, y los insurrectos de febrero y noviembre de 1992.-
PEDRO CARMONA ESTANGA, en entrevista a CARLOS CROESDE, “Quinto Día” de abril 2003, expuso que el día 12 de abril 2002, tenia planificado juramentarse como Presidente de la Republica, ante el Tribunal Supremo de Justicia, pero la doctora Cecilia Sosa Gómez le hizo cambiar de opinión, y le aconsejo, que ese Tribunal Supremo, también debía ser eliminado..-.De lo expuesto, se concluye, que si Pedro Carmona, según propia confesión, pensaba juramentarse como Presidente, ante el Tribunal Supremo de Justicia, es de suponer, hubo previa concertación antes del golpe, entre el, y los Magistrados que después absolvieron en sentencia criminal a estos militares golpistas, perjudicando con esta impunidad al pueblo venezolano que ha tenido que padecer paros golpistas, ilegales, sabotajes y terrorismo. ¡NO A LA IMPUNIDAD.
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Toribio garcia


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