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! Que VIVA mi Venezuela ¡
Por: Ramón E. Galindo
Fecha de publicación: 13/08/03
imprímelo mándaselo a
tus panas
Desde la Avenida Urdaneta al fondo podemos observar los Bloques de ese gallardo pueblo como lo es el 23 de Enero.

Este es el pueblo que salió a defender su Constitución y no se la dejará arrebatar tan fácilmente.
El silencio de los grandes medios de comunicación no pudo con este pueblo que a pesar de ese silencio supo comunicarse.

No se olviden que este pueblo si sabe donde esta parado.

Si todos Ustedes están pensando que con esa campaña mediática de la Ley mordaza van a influenciar en la opinión pública se van a volver a equivocar.
Proyecto de Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión.
Objeto y ámbito de aplicación de la ley
Articulo 2. La materia regulada en esta Ley es de interés público, y sus disposiciones son de orden público en virtud de su trascendencia en materia social, cultural, política, económica y de seguridad nacional.

La interpretación y aplicación de esta Ley estará sujeta, sin perjuicio de los demás principios del ordenamiento jurídico, a los siguientes principios: libre expresión de ideas, opiniones y pensamientos, comunicación libre y plural, prohibición de censura previa, responsabilidad ulterior, democratización, participación, responsabilidad social, solidaridad social, soberanía, seguridad nacional, libre competencial y el dominio público sobre el espectro radioelectrico.

Objetivos generales

Articulo 3. Los objetivos generales de esta Ley son:

1. Garantizar que las familias y las personas en general cuenten con los mecanismos jurídicos que les permitan desarrollar en forma adecuada el rol y la responsabilidad social que le corresponde como audiencia, en colaboración con los prestadores de servicios de divulgación y con el Estado.
2. Garantizar el respeto a la libertad de expresión e información, sin censura, dentro de los limites propio de un Estado Democrático y Social de Derecho y de justicia y con la responsabilidades que acarrea el ejercicio de dicha libertad, conforme a la Constitución, los tratados internacionales ratificados por la República en materia de derechos humanos y la ley.

A ESTO LE TIENEN TERROR.

Capítulo IV

De la democratización y la participación.

Organización y participación ciudadana.

Los usuarios y la usuarias de los servicios de radio y televisión podrán organizarse de todas las formas licitas posibles.Entre otras, en comités de usuarios de radio y televisión, con el objeto de promover y defender sus derechos e intereses comunicacionales entre ellos:

2.- Que sus reclamos sean recibidos y respondidos, dentro de los quince (15) días continuos siguientes a la presentación, por los prestadores d servicios de radio y televisión, según lo establece esta Ley, sus reglamentos y demás normativa aplicables.

No se equivoquen.
Ya el pueblo despertó de ese letargo al cual lo tenían sometido.

NO HAY MARCHA ATRÁS.

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Ramón E. Galindo


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