principal | EN contrARTE | autores | foro | contacto | nosotros | archivo
    Actualidad
A través de Operaciones Y Control Fiscal e Informática y Telecomunicaciones
Sobre la Zona Libre Cultural, Científica y Tecnológica del Estado Mérida, Zolccyt
Por: Prensa Zolccyt / Albano Alaña Vera
Fecha de publicación: 05/08/03
imprímelo mándaselo a
tus panas
AVANZA PROCESO DE CAPTACIÓN DE NUEVOS INVERSIONSTAS EN LA ZONA LIBRE

El proceso de pre-inscripción e inscripción que permitirá el ingreso de nuevas empresas a la Zona Libre Cultural, Científica y Tecnológica del Estado Mérida, Zolccyt, continúa desarrollándose a través de la Dirección de Operaciones y Control Fiscal del régimen fiscal especial.

Marabeth Márquez Avendaño, directora (e) de Operaciones y Control Fiscal de la Zolccyt, al referirse al proceso de registro de personas naturales y/o jurídicas en el régimen fiscal especial que otorga la institución, indicó que los aspirantes a ingresar deben realizar su pre-inscripción llenando la planilla y anexando copia del acta constitutiva de la empresa, a fin de revisar su objeto social, una vez evaluados, sigue la inscripción y la inspección "in situ", para confirmar que las actividades desarrolladas por las empresas son exclusivamente culturales, científicas y tecnológicas; a continuación se realiza un punto de información para los miembros de la Junta a fin de que ellos decidan otorgarles o no la Constancia de Registro y la Autorización para Inicio de Operaciones.

Estas empresas son certificadas en un acto que se efectúa en la sede de la institución, allí mismo se hace entrega formal de los respectivos certificados y de los formularios de Solicitud para Ingreso de Mercancía y la Relación descriptiva. A partir de su aprobación en reunión de la Junta, el empresario registrado gozará de los beneficios de exención de impuestos nacionales. Cumplidas estas fases del proceso, la empresa puede iniciar sus operaciones de importación y exportación de mercancía.

Ingreso de mercancía

Por su parte, Magaly Reyes, jefe de la Oficina de Informática y Telecomunicaciones de la Zolccyt, explicó que el proceso de pre-inscripción de empresas comienza cuando las personas interesadas recogen en la institución una planilla de pre-inscripción o ingresan al sitio Web de la Zona Libre y proceden a hacer el llenado de la planilla de pre-inscripción, la misma debe ser consignada ante la institución, anexando el acta constitutiva de la empresa, el RIF y/o el NIT, copia de la cédula de identidad y el certificado para empresas extranjeras, si este fuese el caso. De esta manera se realiza el procedimiento cuando se cumple manualmente.

¿Y por la vía automatizada?

- Es el mismo procedimiento, con la salvedad de iniciarlo ingresando los datos vía Internet, el sistema le informa que debe traer los recaudos correspondientes.
¿Bajo qué parámetros?
- Lo primero que se analiza es el acta constitutiva, allí observamos cual es el objeto social de la empresa, si la compañía clasifica como empresa cultural, científica o tecnológica. También se evalúa su domicilio, es decir, si está ubicada en el ámbito de la Zona Libre.

Con esta información se aprueba y/o se autoriza o no la solicitud de pre-inscripción, si ésta es aprobada, se notifica a su representante legal – por escrito – y se le entrega anexo la(s) planilla(s) de inscripción(es). De no aprobarse, también se le notifica al empresario las razones por las cuales no se aprobó.

“A través de la Dirección de Operaciones y Control Fiscal se abre el expediente a la empresa. De ser aprobada en esta fase comienza el llenado de la planilla de inscripción. Cuando esta empresa califica como cultural, científica o tecnológica, se determina entonces qué es lo que piensa traer, qué mercancía y cuál va a ser su proceso”, indicó Magaly Reyes.

- Pasamos al proceso de inscripción… ¿Cuáles son los requisitos?
- La planilla de pre-inscripción aprobada, con su respectiva carta de aceptación, el empresario debe haber llenado la planilla de inscripción y consignar algunos recaudos de los anteriores que no los hayan consignado antes en el momento de la pre-inscripción.

¿Qué dependencia de la Zolccyt tiene bajo su responsabilidad esta etapa del proceso?

- Este proceso lo ejecuta el personal de la Dirección de Operaciones y Control Fiscal y lo aprueba la Junta de la Zolccyt. Se desarrolla de la siguiente manera: las personas hacen efectiva la recepción de la planilla de inscripción, el personal de la Gerencia de Operaciones Fiscales analizan esta documentación y posteriormente solicita la inspección de la empresa.

Una vez efectuada la inspección, esta es analizada, se determina si procede como empresa de cultura, ciencia y tecnología y además se evalúa para verificar que se trata de una empresa productora y/o comercializadora de servicio. Luego pasamos a la toma de decisiones, si la empresa califica o no dentro del régimen de la Zona Libre.

“Para ello – indicó - se eleva un punto de información a la Junta de la Zona Libre, de estas empresas que han sido analizadas y precalificadas. La junta que se reúne una vez al mes evalúa todas estas empresas que estén en proceso de espera de toma de decisiones de su inscripción, en caso de aprobarlo se envía la información a las empresas que califican: se envía la constancia de registro certificado de la Zolccyt, una autorización de inicio de operaciones, se le actualiza un expediente en la institución, se le notifica por escrito, el certificado de inicio de operaciones, se le da un número de certificado y se envía a la vez una lista de estas empresas inscritas a Tributos Internos del SENIAT y a la Aduana de Mérida, para que maneje la información en torno a cuáles empresas están calificadas como empresas Zona Libre, amparadas bajo el régimen”.

Una empresa que no sea aprobada se le notifica por escrito y se le explica debidamente las razones por las cuales fue diferida. Una vez que la empresa está inscrita vendría lo que se denomina “tráfico de mercancía”, es decir, la solicitud de salida y retorno de la mercancía a territorio Zona Libre, indicó.

“El ingreso de la mercancía a territorio Zona Libre significa que la empresa solicita la aprobación de la institución para ingresar mercancía importada a nuestro territorio de régimen fiscal especial”, explicó Magaly Reyes.

¿Cuál es el procedimiento?

- Para ello, deben llenar una solicitud de ingreso, de esta mercancía a territorio Zona Libre, que va acompañado de una relación descriptiva de ingresos por triplicado, una relación que especifica si son insumos, bienes terminados o maquinaria lo que va a ingresar, con su código arancelario, y si es insumo qué producto final participa en estos insumos, por lo cuál deben consignar una matriz insumo-producto, una relación de qué insumos van a participar en el proceso productivo para generar un producto determinado.

Cuando se trata de insumos que se van a importar para producir un bien la planilla debe estar acompañada de su matriz insumo-producto. “Nosotros le damos también a la empresa la planilla dónde se especifica qué insumos se necesita, qué cantidades se requiere para producir una determinada cantidad de productos. Toda empresa que vaya a importar por primera vez debe traer el inventario de sus insumos, bienes de capital, bienes intermedios o bienes a comercializar, dependiendo del caso, si se trata de una empresa comercializadora, productora o de servicio”, indicó.

También debe consignar en la Zolccyt, en caso de ser productiva, el proceso productivo literal y gráfico del producto de esas empresas y algún recaudo faltante de los procesos anteriores.

Luego del análisis de esta documentación y constatando la información contenida en el expediente, prosiguió Magaly Reyes, para saber el objeto de la empresa se le da conformidad o negación de ingreso de mercancía definitiva o temporal a territorio Zona Libre.

Además se le registra el inventario dentro de la institución para iniciar la parte de control del inventario y se envía la información a la Aduana sobre las relaciones descriptivas de ingreso.

¿Antes de que llegue la mercancía a la Aduana, esta tiene la información sobre cuál fue la mercancía que se le autorizó a la empresa ante la Zona Libre?

- Efectivamente, si hay discrepancia entre la relación descriptiva y lo que la empresa registra en la Aduana, esto acarrea delitos y las sanciones por parte de la Aduana y la Zona Libre. La idea es que las personas siempre aporten una relación descriptiva de lo que ingresó, porque entre las penalidades está el hecho de que van a pagar impuesto por aquellas cantidades que son excedentes de la mercancía que se le autorizó, entonces van a tener una mercancía con un costo mucho mayor, que no vale la pena, primero ve, regístrate ante la Zona, llena tu relación de ingreso y así la mercancía llegará con un precio favorecido, sin el impuesto.

“Entonces – ratificó - se le envía esta relación a la Aduana, tenemos el inventario de las empresas, la empresa tiene la negación o conformidad del ingreso de esa mercancía y comienza el proceso de enlace Aduana-Zona Libre, cuando llega la mercancía al territorio Zolccyt”, agregó la jefa de la Unidad de Informática y Telemática de la institución.
Articulo leido aproximadamente 2237 veces

Prensa Zolccyt / Albano Alaña Vera


Copyleft 2002, Aporrea.org