Legalidad y Clap (VI)

El Clap, como expresión orgánica del poder popular está apegado a derecho. La carta magna de la República Bolivariana de Venezuela en sus articulados 5, 62 entre otros, obliga al Estado venezolano a privilegiar la organización popular del pueblo. Allí su legalidad. Más sin embargo y por fortuna, no el andamiaje político administrativo requerido para burocratizarlos.

En caso que se burocratizase, dejaría de cumplir el rol para el que fue pensado: articular, orientar, armonizar, coordinar, reagrupar y homogenizar a las fuerzas políticas creadas durante la revolución, así como, reenamorar a los simpatizantes, militantes y afectos al Chavismo que por alguna razón, están molestos, desanimados, confundidos y algo alejados, del proyecto socialista.

Insisto, si lo burocratizan dejara de cumplir su rol. Serán una iniciativa más, de las múltiples expresiones de organización del poder popular que se ha tenido, donde algunos militantes y seudo-militantes se adhieren por modismo, por asignaciones presupuestarias y logísticas o porque es la instancia que esperaban para hacer realidad su sueño de vida: optar a un cargo de elección popular institucional, es decir, formar parte del "abolengo", que supuestamente da, la burocracia Estadal.

Además, no es necesario ni pertinente burocratizarlos, porque para transferir competencia desde los órganos del Estado al poder popular organizado, están los consejos comunales, las comunas y otras instancias organizativas populares, que apegadas a las 12 leyes del poder popular, han desempeñado, eficiente y eficazmente la gestión pública local y comunal. Está instancia, tiene una experticia de gobierno comunal importante, no solo porque sus integrantes son miembros activos del territorio donde ejecutan gestión pública comunal, sino también, porque embisten una autoritá en el territorio sui géneris muy relevante, producto de que forjan juntos a sus vecinos, su historia y su idiosincrasia.

Es imperioso que los órganos de dirección de la revolución, comprendan e interioricen que el Clap no debe burocratizarse, que su razón de ser no es político-administrativo, sino político, por tanto, deben politizarlos, para garantizar la orientación y acompañamiento político e ideológico de las fuerzas vivas afectas, semi-afectas y biconceptuales del territorio comunal. Téngase presente, que la burocratización del Clap, es sinónimo de sumergirlos es un mundo de papeles y procedimientos administrativos, asfixiantes, que trae como consecuencia el alejamiento de lo estratégico, el alejamiento de La Política. En fin, el alejamiento de los líderes y lideresas del epicentro, donde se libran y se ganan las batallas. El Territorio Comunal.

 



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Jiuvant Huérfano


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