¿Ejerce justicia el Tribunal Supremo de "Justicia"?

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en una cuña institucional publicada a diario en el diario Últimas Noticias, en su primera página, señala lo siguiente: "Todas y todos tenemos oportunidades en igualdad de condiciones. Consolidando un Estado Democrático y Social, de Derecho y de Justicia. TSJ". ¡Que bonito es el eslogan del principal administrador de justicia en nuestro país!

Ahora bien, la constitución que rige nuestro país desde diciembre de 1999, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), señala en su Artículo 2: "Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político". ¿Ustedes creen que todo esto se cumple en nuestro país?

Por otra parte, la CRBV, en lo que respecta al derecho a la propiedad, señala en su Artículo 115: "Se garantiza el derecho de propiedad. Toda persona tiene el derecho al uso, goce, disfrute y disposición de los bienes. La propiedad será sometida a las contribuciones, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés general. Sólo por causa de utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes".

Por lo que señala la cuña y los dos artículos constitucionales presentados en los párrafos anteriores, el Tribunal Supremo de Justicia ha violado el derecho a la propiedad de los accionistas de Cemento Andino, S.A. (CASA), ya que, por una medida cautelar de la Sala Constitucional, desde agosto de 2006 (ya se van a cumplir diez años), la empresa ha sido administrada por funcionarios públicos, quienes la han destruido y convertido en una verdadera chatarra. Asimismo, esos funcionarios han cometido infinidad de presuntos actos de corrupción como: (1) Peculado Doloso Impropio Continuado, denunciado en FGR; (2) Apropiación Indebida y Aprovechamiento Fraudulento de Fondos Públicos (el Estado venezolano es propietario del 39,6% del capital social de la empresa); (3) Contratación de obras violando la Ley de Contrataciones y sin autorización de la Asamblea de Socios de la empresa, ocasionándole posibles deudas al Estado; (4) Ninguno de los administradores ha rendido cuenta de sus actuaciones al frente de la empresa, por los ejercicios económicos finalizados el 31 de diciembre de los años 2006, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014 y 2015, violando lo establecido por el Código de Comercio y los Estatutos Sociales de la empresa. ¿Cuántos años más se requieren para que la Sala Constitucional decida sobre la medida cautelar? ¿Por qué el gobierno nacional no obliga a sus funcionarios públicos a rendir cuentas de sus actos administrativos? ¿Continuará la destrucción de la empresa, el desabastecimiento y los precios especulativos del cemento? ¿Qué dice el ciudadano gobernador sobre lo que sucede en CASA y sobre la especulación del cemento? Recuerden: ¡La justicia tardía no es justicia!

Profesor ULA – Trujillo. Correo electrónico: gzambrano11@hotmail.com



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