Yo no habría imputado penalmente a María Corina Machado

Si de demostrar científicamente la culpabilidad se trata, el acto de imputación penal ejercido por la fiscalía debe ser el penúltimo paso (el último es la acusación) en contra de quien supuestamente es procesado por preparar un grave delito como lo es el asesinato del Presidente de la República.

Entonces, es obligatorio haber desarrollado una investigación penal exhaustiva y haber obtenido importantes elementos de convicción que fundamenten que Machado elabora actos preparatorios para tan abominable crimen. Entiéndase por elementos de convicción: especies probatorias que acrediten o indiquen que el imputado despliega una actividad claramente proyectada hacia el referido delito.

Pregunto hoy: ¿Hay fotos, videos, grabaciones, cartas, armas, municiones, explosivos, contacto o transacciones con sicarios o cosa semejante donde Machado proponga o prepare un magnicidio?

Si hubiere tales elementos, el país debería conocerlos en virtud de su trascendencia para el interés nacional, ello supera la nocion ordinaria de reserva legal, o sea, detalles que no pueden ser revelados para que no peligre la investigación.

Pero si los comentados elementos no fueron recopilados, cuesta comprender cómo en ausencia de indicios criminalísticos, el Ministerio Público ha podido avanzar tan lejos como para formular una imputación que difícilmente podría ser presentable como acusación penal de acuerdo a las normas y principios de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Código Orgánico Procesal, por aquello del Debido Proceso, la presunción de inocencia, etc. Ocurre que en un hipotético juicio medianamente justo y apegado a la técnica penal, una acusación tan débil de parte de la fiscalía sería procesalmente aplastada por la defensa de Machado.

Recuerden el caso de los imputados por el asesinato de Danilo Anderson, donde luego de un show mediático que involucraba a altos oficiales militares, periodistas, dueños de canales de tv, empresarios y figuras políticas, el Fiscal General anterior terminó archivando el caso por no tener suficientes pruebas para llevar a juicio a estos supuestos autores intelectuales. Casi diez años han pasado de aquel evento que socavó severamente la credibilidad de la justicia penal en Venezuela. Cuidado con ahora repetir una parodia semejante.

Entonces cabe también realizar una valoración política de la imputación contra Machado, dos dedos de frente bastarían para comprender que este episodio la catapulta una vez más a las primeras planas de los medios de comunicación nacionales y extranjeros, la revitaliza políticamente y la victimiza ante instancias del Derecho Internacional así como organizaciones que velan por los derechos humanos, especialmente de las mujeres.

Es descabellado pensar que altos sectores del chavismo estén interesados en promover la figura de Machado como cabeza de la oposición criolla bajo la tentación del efectismo o el tremendismo mediático pero en la política todo es posible, inclusive estrategias extravagantes que luego podrían revertirse en contra de sus propios artífices o creadores.

Así como antes condené públicamente la actuación de Machado como embajadora de Panamá e incitadora a las violentas guarimbas para generar caos en el país, hoy digo abiertamente que no estoy convencido de que imputar penalmente a Machado por magnicidio haya sido suficientemente sustentado por el Ministerio Público ante la opinión pública nacional y de allí que afortunadamente no se le haya ocurrido, por ahora, meterla presa a por ese supuesto delito. Llamo a la prudencia y a una actuación procesal más convincente y que evidencie mayor pericia.



Esta nota ha sido leída aproximadamente 6746 veces.



Jesús Silva R.

Doctor en Derecho Constitucional. Abogado penalista. Escritor marxista. Profesor de estudios políticos e internacionales en UCV. http://jesusmanuelsilva.blogspot.com

 jesussilva2001@gmail.com      @Jesus_Silva_R

Visite el perfil de Jesús Silva R. para ver el listado de todos sus artículos en Aporrea.


Noticias Recientes: